La Constitución y el Derecho a la paz y la tranquilidad en la República peruana.
SOBRE EL DERECHO A LA PAZ Y A LA TRANQUILIDAD
Desde que se dio el fallido golpe de estado por parte del ex presidente golpista José Pedro Castillo Terrones, mucho se hablo sobre el “derecho a la protesta” pero poco se ha tratado de un derecho fundamental para cada ciudadano que es el derecho a la paz y a la tranquilidad, de acuerdo al numeral 22 del articulo 2° de nuestra Constitución Política del Perú.
El derecho a la paz y a la tranquilidad viene desde los tiempos de la creación de la Organización de Naciones Unidas, allá por el año 1945, manifestando lo siguiente: “Nosotros los pueblos de las naciones unidas resueltos a preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra que dos veces durante nuestra vida ha inflingido a la humanidad sufrimientos indecibles”. En nuestro país, hemos padecido la violencia terrorista en la década del 80’ hasta fines de los 90’s; el cual dejó más de 30 mil muertos entre civiles y militares.
Asimismo, de acuerdo a la doctrina jurídica en derechos de primera, segunda y tercera generación1. Los derechos de primera generación abarcan los derechos civiles y políticos, que consagran las así llamadas “libertades fundamentales”, como el derecho a la vida, la libertad de movimiento, de expresión, de reunión o religiosa, así como también los derechos políticos al voto, a ser elegido, a agruparse políticamente. Sin embargo; mucho se ha resaltado derechos de segunda generación por encima de nuestros derechos individuales, se ha atentado contra las libertades individuales, se atentó contra la vida de efectivos policiales y militares, se vulneró el derecho a la libertad de tránsito al bloquear carreteras, se atentó contra el derecho al trabajo, tal como lo sucedido en la región de Puno, donde civiles vienen cometiendo actos de terrorismo y subversión, sin embargo; el afán político, electorero y muchas veces de desconocimiento, viene primando sobre los derechos más elementales de los ciudadanos, lo cual debe ser puesto en conocimiento de los ciudadanos que quieren el orden y el progreso para el país, pues finalmente es el Estado quien debe garantizarnos estos derechos fundamentales para poder nuevamente alcanzar la paz.
Autor: Leonardo CV.
Fuentes bibliográficas:
1.- Fischer-Lescano, A., & Möller, K. (2012).